27 de enero de 2026 | 10:42 am
Ley 47-25 Entra en Vigor: Hasta 5 Años de Prisión para Funcionarios que Negocien con el Estado
Santo Domingo. Con una disposición que marca un antes y un después en la lucha contra la corrupción administrativa, la Ley 47-25 de Contrataciones Públicas entró en vigencia este miércoles. La normativa, que sustituye completamente la antigua Ley 340-06 de Compras y Contrataciones, establece por primera vez penas de prisión de hasta cinco años para funcionarios y legisladores que negocien con el Estado, cerrando un vacío legal de casi dos décadas.

Promulgada por el presidente Luis Abinader el 28 de julio de 2025, tras un largo trámite congresional, esta ley introduce un capítulo penal robusto y moderniza radicalmente los procesos de compra del Estado, con el objetivo declarado de transparentar el gasto público y sancionar drásticamente el conflicto de intereses.
El Cambio Trascendental: De la Inhabilitación a la Pena de Cárcel
La diferencia fundamental con la ley anterior es clara y contundente. Mientras la Ley 340-06 solo contemplaba sanciones administrativas (como la inhabilitación del cargo) para los funcionarios que se beneficiaran de contratos estatales, dejando lo penal a otras leyes, la nueva Ley 47-25 lo tipifica expresamente y asigna una pena concreta.
El Artículo 234 es el eje de esta reforma:
• Para funcionarios y legisladores: Penas de dos a cinco años de prisión por involucrarse en negocios con el Estado.
• Para contratistas y empresarios: Hasta 10 años de cárcel para quienes ofrezcan sobornos para obtener obras o servicios públicos.
“La vieja ley prohibía, pero no castigaba penalmente. Esta nueva ley sí lo hace. Es un mensaje fuerte”, explicó Carlos Pimentel, director de Contrataciones Públicas, quien adelantó que el reglamento de la ley será publicado este martes.
Más Allá de lo Penal: Modernización y Control Digital
La ley no se limita a las sanciones. Introduce mecanismos diseñados para prevenir la corrupción y aumentar la eficiencia:
• Tienda Virtual Obligatoria: Las instituciones deberán adquirir productos o servicios a través de esta plataforma oficial en línea, siempre que estén disponibles. Solo podrán comprar fuera con autorización expresa y justificación de mejores condiciones.
• Fin a la División de Contratos: Se sancionará a las entidades que dividan contratos para evadir controles o operar por debajo de los umbrales que exigen licitación. No se podrán hacer contrataciones separadas del mismo bien o servicio en un período de tres meses.
• Sistema Electrónico Único: Se institucionaliza el uso obligatorio del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas para registrar todas las fases (planificación, adjudicación, pago). Cualquier contratación fuera del sistema carecerá de validez legal.
Un Camino Largo Hacia la Vigencia
La ley fue una prioridad del presidente Abinader, quien en noviembre de 2024 pidió su agilización al Congreso. Sin embargo, el proyecto permaneció estancado “por muchos meses” en la Cámara de Diputados debido a la inconformidad de algunos sectores. Finalmente, en julio de 2025, ambas cámaras lograron un consenso para su aprobación.
Su entrada en vigencia, más de 180 días después de su promulgación, da un margen para la preparación de las instituciones y la publicación del reglamento que detallará su aplicación.
Conclusiones: Un Nuevo Paradigma para el Gasto Público
La Ley 47-25 representa el intento más serio en años por modernizar y blindar los procesos de compra del Estado dominicano. Combina el disuasivo penal con herramientas de transparencia tecnológica, atacando tanto el delito como la opacidad que lo facilita.
Su éxito dependerá de la aplicación rigurosa por parte de la Dirección de Contrataciones, la Fiscalía y los órganos de control, así como de la adaptación de toda la administración pública a los nuevos procesos digitales. El mensaje, sin embargo, ya está lanzado: negociar con el Estado dejó de ser un riesgo administrativo para convertirse en un delito con condena de cárcel.


