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22 de mayo de 2026

La DNI operará con nóminas confidenciales y podrá crear régimen especial de seguridad social

jul. 11, 2025 | 03:34 p. m.

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Santo Domingo, RD – El personal de la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) estará sujeto a un régimen propio, exclusivo y confidencial, que incluirá nóminas reservadas y la facultad de crear un régimen especial de seguridad social.

El pasado 29 de abril, el Poder Ejecutivo emitió el Reglamento de Aplicación de la Ley 1-26, Orgánica de la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), mediante el cual se regula el Sistema Nacional de Inteligencia. A través del decreto 291-26, el Gobierno estableció los parámetros, procedimientos, competencias y mecanismos de control para las operaciones de este organismo.

Composición de la DNI

De acuerdo con la norma, la DNI estará integrada por:

Tipo de personalDescripción
Personal propioDe naturaleza civil
Miembros adscritosDe las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional (en calidad de asignados)

Según el artículo 23, estas instituciones estarán obligadas a «garantizar la confidencialidad de sus respectivas nóminas respecto de los agentes que prestan servicios» en el organismo.

Régimen especial de seguridad social

La DNI tendrá la facultad de establecer, «en coordinación con los organismos competentes del Sistema Dominicano de Seguridad Social, un régimen especial o complementario de seguridad social«.

CoberturaDetalle
PensionesPor vejez, discapacidad y sobrevivencia
Cobertura de saludIncluyendo prestaciones ampliadas por riesgos ocupacionales específicos
Beneficios complementariosProtección social, según disponibilidades presupuestarias

Pensión vitalicia especial

Por disposición del presidente de la República y a solicitud del director nacional de Inteligencia, podrá otorgarse una pensión vitalicia especial a cargo del Estado de hasta el 100% del salario percibido a miembros de la DNI que cumplan:

RequisitoDetalle
Tiempo de servicioMínimo 20 años en instituciones del Estado
Edad60 años cumplidos

Para pensión por discapacidad: mínimo 5 años de servicio e invalidez certificada por tres médicos de hospitales estatales.

Sistema Nacional de Inteligencia (SNI)

El reglamento define el SNI como la estructura encargada de coordinar y ejecutar las actividades de inteligencia y contrainteligencia del Estado.

Organismos que lo conforman:

  • DNI (órgano rector)
  • Unidades militares J-2, G-2, M-2 y A-2
  • Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional (Dintel)
  • Centro de Información y Coordinación Conjunta (CICC) de la DNCD
  • Otros organismos estatales que puedan contribuir con labores de inteligencia

Funciones de apoyo a la seguridad nacional

El SNI apoyará:

ÁreaColaboración con
Combate a la corrupciónDGCP, Digeig, Unidad Antifraude, Pepca, Cámara de Cuentas
Control migratorioDGM (inspección primaria; DNI asume entrevistas e investigaciones)
Antiterrorismo y sabotajeOperadores de infraestructuras críticas (eléctrico, aeronáutico, telecomunicaciones, transporte, agua)

Clasificación de la información

La información generada o procesada en el SNI podrá ser clasificada en cuatro niveles de seguridad:

Nivel
Reservada
Confidencial
Secreta
Ultrasecreta

Plan Anual de Inteligencia (PAI)

Instrumento que establecerá las prioridades, estrategias y metas anuales. Elaborado por el director de la DNI en coordinación con los miembros del SNI. La información contenida tendrá carácter clasificado.


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