17 de febrero de 2026 | 11:27 am
Las nuevas reglas de la JCE impedirán la militancia en más de un partido político
Santo Domingo – 17 de febrero de 2026 – El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) aprobó ayer el nuevo Reglamento para el registro de afiliaciones y desafiliaciones de los miembros de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, que pone fin definitivo a las quejas por afiliaciones sin consentimiento y dobles registros en padrones partidarios.

El reglamento, basado en la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, establece que los partidos deberán entregar sus listas de afiliados a partir del 1 de agosto de 2026.
Principales cambios introducidos
- Prohibición de doble militancia
- Los padrones serán depurados por las direcciones de Informática y de Partidos de la JCE.
- Solo se reconocerá la afiliación a un solo partido.
- Si un ciudadano aparece inscrito en más de una organización, será considerado inactivo en todos los padrones.
- La afiliación o aceptación en otro partido produce renuncia automática al anterior.
- Afiliaciones sin consentimiento
- Si al registrar a una persona con su cédula aparece que ya está inscrita en otro padrón, el nuevo registro será inactivo.
- Para apelar el estatus de inactividad, el ciudadano deberá presentarse personalmente ante la JCE, entregar sus credenciales, dejar datos biométricos y evidencia física que respalde su afiliación.
- Renuncia voluntaria
- Debe hacerse por escrito al partido correspondiente.
- El partido tiene 30 días para procesar la renuncia en la plataforma digital y adjuntar copia del documento.
- Causas de renuncia automática (artículo 9)
- Apoyo a candidatura contraria
- Participación en actividades de partidos contrarios
- Aceptación de candidaturas por otro partido
- Plataformas digitales
- Cada partido puede desarrollar su propia plataforma de afiliación, siempre que sea compatible con la de la JCE.
- También puede usar directamente la plataforma de la JCE (debe nombrar un administrador responsable).
- Datos mínimos requeridos: nombre, cédula, ID de municipio/distrito municipal, código de circunscripción, fecha de afiliación y documento de respaldo.
- Prohibición de afiliación para ciertos cargos (artículo 7)
- Militares y miembros de la Policía
- Jueces de altas cortes
- Fiscales del Ministerio Público
- Colaboradores de la JCE, Cámara de Cuentas y Defensor del Pueblo
- Al ingresar a estos cargos deben presentar declaración jurada de desafiliación.
Impacto esperado
El nuevo reglamento elimina prácticas como que un presidente de partido aparezca inscrito en otro, o que una organización deba demostrar tener dos millones de afiliados (como ocurrió en el pasado). También protege a los ciudadanos de registros fraudulentos y obliga a los partidos a mantener padrones limpios y actualizados.
El Pleno de la JCE —integrado por Román Jáquez Liranzo (presidente), Dolores Fernández, Samir Chami Isa, Hirayda Fernández y Rafael Vallejo— sometió el reglamento a consideración de los delegados partidarios, quienes dieron su visto bueno.
Diario Libre – La JCE pone fin a las afiliaciones sin consentimiento y a la doble militancia partidaria

