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17 de febrero de 2026

Las nuevas reglas de la JCE impedirán la militancia en más de un partido político

17 de febrero de 2026

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Santo Domingo – 17 de febrero de 2026 – El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) aprobó ayer el nuevo Reglamento para el registro de afiliaciones y desafiliaciones de los miembros de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, que pone fin definitivo a las quejas por afiliaciones sin consentimiento y dobles registros en padrones partidarios.

El reglamento, basado en la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, establece que los partidos deberán entregar sus listas de afiliados a partir del 1 de agosto de 2026.

Principales cambios introducidos

  1. Prohibición de doble militancia
  • Los padrones serán depurados por las direcciones de Informática y de Partidos de la JCE.
  • Solo se reconocerá la afiliación a un solo partido.
  • Si un ciudadano aparece inscrito en más de una organización, será considerado inactivo en todos los padrones.
  • La afiliación o aceptación en otro partido produce renuncia automática al anterior.
  1. Afiliaciones sin consentimiento
  • Si al registrar a una persona con su cédula aparece que ya está inscrita en otro padrón, el nuevo registro será inactivo.
  • Para apelar el estatus de inactividad, el ciudadano deberá presentarse personalmente ante la JCE, entregar sus credenciales, dejar datos biométricos y evidencia física que respalde su afiliación.
  1. Renuncia voluntaria
  • Debe hacerse por escrito al partido correspondiente.
  • El partido tiene 30 días para procesar la renuncia en la plataforma digital y adjuntar copia del documento.
  1. Causas de renuncia automática (artículo 9)
  • Apoyo a candidatura contraria
  • Participación en actividades de partidos contrarios
  • Aceptación de candidaturas por otro partido
  1. Plataformas digitales
  • Cada partido puede desarrollar su propia plataforma de afiliación, siempre que sea compatible con la de la JCE.
  • También puede usar directamente la plataforma de la JCE (debe nombrar un administrador responsable).
  • Datos mínimos requeridos: nombre, cédula, ID de municipio/distrito municipal, código de circunscripción, fecha de afiliación y documento de respaldo.
  1. Prohibición de afiliación para ciertos cargos (artículo 7)
  • Militares y miembros de la Policía
  • Jueces de altas cortes
  • Fiscales del Ministerio Público
  • Colaboradores de la JCE, Cámara de Cuentas y Defensor del Pueblo
  • Al ingresar a estos cargos deben presentar declaración jurada de desafiliación.

Impacto esperado

El nuevo reglamento elimina prácticas como que un presidente de partido aparezca inscrito en otro, o que una organización deba demostrar tener dos millones de afiliados (como ocurrió en el pasado). También protege a los ciudadanos de registros fraudulentos y obliga a los partidos a mantener padrones limpios y actualizados.

El Pleno de la JCE —integrado por Román Jáquez Liranzo (presidente), Dolores Fernández, Samir Chami Isa, Hirayda Fernández y Rafael Vallejo— sometió el reglamento a consideración de los delegados partidarios, quienes dieron su visto bueno.

Diario Libre – La JCE pone fin a las afiliaciones sin consentimiento y a la doble militancia partidaria

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